normativa
Baja médica (incapacidad temporal)
Situación de incapacidad para trabajar por enfermedad común, accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo. La prestación la gestiona el INSS o la mutua. El trabajador percibe entre el 60 % y el 75 % de su base reguladora (los porcentajes varían según el tipo y el día de baja). La empresa puede mejorar voluntariamente la prestación hasta el 100 % del salario. La baja médica no genera cotización ordinaria, lo que puede afectar a las futuras prestaciones.