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Trabajadores autónomos: la cuota mensual, el IRPF y la comparativa con asalariados

Hacerse autónomo implica asumir costes y responsabilidades que en un empleo por cuenta ajena no se ven. La cuota de autónomo, los pagos fraccionados de IRPF y la gestión fiscal mensual cambian completamente el mapa económico respecto a un asalariado con el mismo ingreso bruto.

El RETA: el régimen especial de autónomos

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es el sistema de Seguridad Social para trabajadores por cuenta propia. Desde enero de 2023, las cuotas se calculan según un sistema de cotización por ingresos reales, con 15 tramos de rendimiento neto.

Cuánto se paga por la cuota de autónomo (2024)

Los tramos van desde una cuota mínima de 230 €/mes (para rendimientos netos mensuales inferiores a 670 €) hasta una cuota máxima de 590 €/mes (para rendimientos superiores a 6.000 €/mes). La cuota de autónomo con ingresos medios (rendimiento neto de 2.000-3.000 €/mes) ronda los 320-350 €/mes.

La cuota incluye contingencias comunes, cese de actividad (el "paro del autónomo"), formación e incapacidad temporal. La cotización por contingencias profesionales (accidente laboral) es opcional pero recomendable.

Los pagos fraccionados de IRPF (modelo 130)

El autónomo en estimación directa paga el 20 % del rendimiento neto del trimestre como pago a cuenta del IRPF, mediante el modelo 130, en abril, julio, octubre y enero. Este pago se descuenta de la cuota anual en la declaración de la renta.

Si tiene más de un cliente y ninguno le retiene IRPF (porque son particulares o empresas no obligadas), el modelo 130 es la forma de ir pagando a lo largo del año.

Si cobra facturas con retención del 15 %, puede estar exento de presentar el modelo 130 si las retenciones superan el 70 % de sus ingresos.

IVA y otros impuestos

Los autónomos que realizan actividades sujetas a IVA (la mayoría) deben presentar el modelo 303 trimestralmente, ingresando la diferencia entre el IVA repercutido en sus facturas y el IVA soportado en sus gastos. No es un coste directo para el autónomo pero sí genera una obligación de gestión.

Comparativa económica: autónomo vs asalariado con el mismo ingreso bruto

Para ingresos brutos de 30.000 €/año (sin gastos deducibles en el autónomo):

Concepto Asalariado Autónomo
Ingreso bruto 30.000 € 30.000 €
Cotización SS −1.941 € (6,47 %) −3.960 € (~330/mes × 12)
Cuota empresa SS −9.144 € (empresa)
IRPF estimado −4.185 € −4.700 € (aprox.)
Neto aproximado 23.874 € 21.340 €

El autónomo con los mismos ingresos brutos retiene unos 2.500 € menos netos al año por el mayor coste de cotización.

Las ventajas fiscales del autónomo

A diferencia del asalariado, el autónomo puede deducirse como gasto los costes reales de su actividad antes de calcular el IRPF: material de oficina, suministros proporcionales al uso profesional, asesoría, seguro de responsabilidad civil, cuotas de colegio profesional, amortización de equipos.

Esto puede reducir significativamente el rendimiento neto sobre el que se paga IRPF y SS, especialmente en actividades con altos costes de explotación.

La tarifa plana para nuevos autónomos

Los nuevos autónomos que se dan de alta por primera vez en el RETA tienen derecho a una tarifa plana de 80 €/mes durante el primer año (independientemente de sus ingresos). Si los ingresos son inferiores al SMI, la tarifa plana puede extenderse hasta el segundo año.

¿Cuándo sale a cuenta ser autónomo?

La comparativa pura de costes fiscales favorece al asalariado para salarios similares. El autónomo compensa con:

  • Mayor capacidad de deducción de gastos.
  • Libertad para fijar sus honorarios.
  • Potencial de ingresos superiores sin techo salarial.
  • Posibilidad de diversificar clientes.

La decisión de hacerse autónomo o mantenerse asalariado no es solo fiscal; implica valorar la estabilidad, el riesgo y el control sobre el trabajo.

Publicado: 2026-05-03 · ← Volver a guías

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