normativa

Permiso por cuidado de familiar

Desde la Ley de familias (2023), el trabajador tiene derecho a cinco días laborables de permiso retribuido para atender situaciones urgentes por enfermedad, accidente o necesidad de cuidado de cónyuge, pareja, hijos, padres u otros familiares hasta segundo grado. Sustituye y amplía el anterior permiso de dos días por enfermedad grave de familiar. Es un permiso individual e intransferible; la empresa no puede negarlo.

Ver también

Conciliación laboral y familiarExcedenciaReducción de jornada por conciliación
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