Excedencia, reducción de jornada y permisos retribuidos: tu guía completa
El Estatuto de los Trabajadores reconoce una serie de ausencias y reducciones de jornada que el empleador debe conceder. Conocerlos te permite planificar tu vida personal sin sacrificar innecesariamente tu situación laboral.
Los permisos retribuidos: ausencias cortas con sueldo
Los permisos retribuidos son ausencias del trabajo por motivos tasados en las que el trabajador sigue cobrando el salario íntegro. El Estatuto y los convenios fijan una lista de causas:
| Motivo | Días mínimos (ET) |
|---|---|
| Matrimonio o pareja de hecho (si prevé el convenio) | 15 días naturales |
| Nacimiento de hijo | 2 días (o más por convenio) |
| Fallecimiento de familiar hasta 2.º grado | 2-4 días (según distancia) |
| Enfermedad grave de familiar | 5 días laborables (Ley familias 2023) |
| Traslado de domicilio habitual | 1 día |
| Cumplimiento de deber público | tiempo necesario |
| Asistencia a exámenes | tiempo necesario |
El convenio colectivo puede ampliar estos permisos. Los días indicados son mínimos; muchos convenios mejoran estas condiciones.
El permiso por nacimiento (baja de maternidad/paternidad)
Desde 2021, cada progenitor tiene derecho a 16 semanas de permiso retribuido al 100 % de la base reguladora (pagado por la Seguridad Social, no por la empresa). Las primeras 6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas. Las otras 10 pueden fraccionarse hasta que el hijo cumpla 12 meses.
La reducción de jornada por conciliación
El trabajador puede solicitar una reducción de entre un octavo y la mitad de su jornada ordinaria para cuidar a:
- Hijos menores de 12 años.
- Familiar hasta segundo grado con dependencia (discapacidad, enfermedad grave).
La reducción implica reducción proporcional del salario. No requiere autorización expresa de la empresa —solo comunicación con antelación razonable (generalmente 15 días).
La empresa no puede denegar la reducción, aunque sí puede discutir el horario concreto si hay razones organizativas. Los conflictos sobre el horario se resuelven en el Juzgado de lo Social.
Durante la reducción de jornada por cuidado de hijos, el trabajador está protegido frente al despido salvo causa justificada.
La adaptación de jornada
Diferente de la reducción, la adaptación de jornada (Ley de conciliación 2019) permite solicitar cambios en el horario, la distribución de la jornada, el teletrabajo u otras formas de organización del tiempo sin reducción del salario.
La empresa debe negociar de buena fe. Si deniega la solicitud, debe justificarlo con causas organizativas concretas. El trabajador puede impugnar la denegación ante el Juzgado de lo Social en un proceso especial y preferente.
La excedencia voluntaria
Cualquier trabajador con al menos 1 año de antigüedad puede solicitar excedencia voluntaria por un período de entre 4 meses y 5 años. Durante la excedencia:
- No hay obligación de pago de salario por parte de la empresa.
- El trabajador no acumula cotizaciones (salvo los primeros meses de excedencias por cuidado de familiares).
- Al terminar, tiene derecho preferente a reincorporarse en una vacante de igual o similar categoría, pero no tiene derecho a su puesto exacto (a diferencia de la excedencia forzosa).
Para pedir otra excedencia voluntaria hay que esperar 4 años desde el final de la anterior.
La excedencia por cuidado de hijos o familiares
Es un tipo específico de excedencia con condiciones más favorables:
- Hasta 3 años por cuidado de cada hijo (natural, adoptado o acogido).
- Hasta 2 años por cuidado de familiar hasta segundo grado con dependencia.
Durante el primer año, la empresa está obligada a reservar el puesto exacto del trabajador. Los años segundo y tercero solo garantizan una vacante en el mismo grupo profesional.
La empresa cotiza a la SS por el trabajador durante los 2 primeros años, lo que protege sus prestaciones futuras.
La excedencia forzosa
Se produce cuando el trabajador es elegido para un cargo público o sindical incompatible con el trabajo. La empresa no puede negarse. Al terminar el mandato, el trabajador tiene derecho a reincorporarse a su puesto exacto.
Cómo solicitarlos correctamente
- Por escrito siempre: aunque sea un permiso corto, deja constancia escrita.
- Con antelación: para la reducción de jornada, al menos 15 días. Para la excedencia, preaviso razonable (suele ser 15 días).
- Citando el precepto legal: ET artículo 37 (permisos y reducción de jornada), artículo 46 (excedencias).
- Conserva copia de la solicitud y del acuse de recibo de la empresa.
Publicado: 2026-05-03 · ← Volver a guías
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